EL ABORTO DESDE UNA PERSPECTIVA ACORDE CON LOS DDHH

El presente texto tiene como finalidad la exhibición de toda una serie de confusiones y contrariedades que pueden brotar de la misma esencia de los Derechos Humanos. Si bien nuestro trabajo pretende ser critico; más que eso, estaríamos llevando a los Derechos Humanos en cuestión a su limite absoluto, un punto donde tales Derechos dejen más preguntas que respuestas, más sombras que claridad.

1ro.- Incompatibilidades inherentes al derecho a la vida con respecto al aborto.

Quienes defienden el derecho a la vida en el caso de un aborto de manera general, vendrían a ser los llamados “provida”. Tales grupos, si bien defienden la Vida, cabe referir esta “Vida” no ya necesariamente a la vida materna, sino a la vida fetal. Esto es, no sería delirante encontrarnos históricamente con la posición que prefiere antes la vida fetal que la materna. Esto es, si la madre está en peligro de muerte debido a un embarazo riesgoso, habría posiciones que deslegitiman la salvación de la vida materna antes que la fetal, con lo cual, quedaría sentada la idea de que vale más la vida fetal que la vida maternal. En otros casos, más recientes talvez, podría encontrarse la posición que defiende a la mujer ante el aborto en caso de un embarazo riesgoso, dado que, individualmente, la mujer tendría el deber de salvar su vida individual antes que la vida fetal.
Con esto sentado, queremos aclarar que el “Derecho a la Vida”, resulta muy oscuro y confuso, debido a que no establece a qué vida se refiere. Y, por otra parte, parece suponer muy subrepticiamente, que es posible que toda vida viva en armonía con los demás vivientes, cosa que, médica y biológicamente, es una tontería. Pues ya hemos visto cómo es muy posible, si es que no ordinario, que una vida ponga en riesgo otra. En el caso del feto con respecto a la madre en el contexto de un embarazo riesgoso: la vida del primero supone un riesgo capaz de eliminar la vida de la segunda. Y así establecido, ¿a qué “Vida” refieren los Derechos Humanos? Pues a todas, pero al mismo tiempo, a ninguna. De aquí que sean tan frecuentes las discordias internas dentro de un mismo partido político que tome como referencia legal a los DDHH. Unos dirán que vale más la vida materna, otros que vale más la fetal, ¿cuál tiene la razón según los DDHH? Ambos, ya que, sea como sea, defienden la Vida. Inclusive, podría llegar a decirse que quienes defiendan el aborto en caso de embarazo riesgoso, serian también “provida”, aunque no provida fetal, claro está.

Artículo 30: Los derechos son inalienables | Noticias ONU


2do.- Incompatibilidades inherentes al derecho a la libertad con respecto al aborto.

Remitiéndonos a otro derecho humano, a saber, la libertad, cabría indicar que quienes están a favor no ya de un aborto en casos riesgosos, sino de un aborto voluntario y libre, suelen poner como justificativo legal (y moral) al derecho humano que reconoce la libertad de todos. No obstante, veremos que nuevas confusiones comienzan a emerger tan pronto como volvamos a hacernos la pregunta anterior, ¿a la libertad de quién refiere este derecho? ¿A la libertad materna para abortar cuando quiera, o a la libertad fetal para realizar su proyecto de vida? Nuevamente: sombras. Cada quién entenderá lo que quiera entender. Unos alabarán la libertad materna y entenderán la libertad fetal como un riesgo para ésta. Otros, alabarán la libertad fetal para desarrollar su vida adecuadamente, denigrando, por otra parte, aquella libertad materna que pretende destruir dicha libertad sin razones de riesgo medico de por medio. Vemos nuevamente que no existe la utópica posibilidad de que cada individuo realice su plena libertad en armonía con otros. Pues ya con la idea de un aborto libre y voluntario, nos damos cuenta de que también una libertad (la materna, por ejemplo), puede destruir la libertad fetal; y a la inversa, la libertad fetal reducir la libertad personal de la mujer. Con lo cual, existe la enorme posibilidad de que la libertad de x ponga en riesgo, condicione o elimine la libertad de y. Cosa que debería servirnos como evidencia para rechazar esa subrepticia ilusión impregnada en la esencia del derecho humano a la libertad. No es posible la armonía entre las libertades propias de cada individuo, ya que muchas veces, la ejecución de una libertad supone la extinción de otra. Y la pregunta siempre sería: ¿La libertad de quién?


3ro.- Incompatibilidades entre el Derecho a la Vida y el Derecho a la Libertad.

Habiendo ya observado las incompatibilidades inherentes al Derecho a la Vida y el Derecho a la Libertad respectivamente, es hora de entrecruzar ambos derechos y mostrar las grandes posibilidades que existen para que un Derecho amenace al otro, hasta el riesgo de eliminarse mutuamente. Pero dicha discordia o confrontación entre ambos Derechos, quizá no sea algo muy halagüeño para los DDHH, así que no nos sorprendamos si postulados así no se realizan con mayor frecuencia.
Para empezar, tomemos como ejemplos el aborto libre y voluntario, así como el embarazo riesgoso. En el caso primero, nos encontramos con una técnica que, si bien puede defender el Derecho a la Libertad de la mujer, ese mismo Derecho Humano supone la eliminación de otro Derecho Humano, a saber, el Derecho a la vida fetal.
En el caso segundo, nos encontramos con una realidad medica en la cual el Derecho a la Vida fetal supone un riesgo para el Derecho Humano de la madre, por ejemplo, su libertad, dado que, si muere, no podrá ser libre para realizar su proyecto de vida.
En el primer caso, nos encontramos con que el Derecho a la Libertad materna puede suponer la eliminación de otro Derecho Humano, a saber, el Derecho a la Vida fetal. En el segundo, con que el Derecho a la Vida fetal puede suponer la eliminación del Derecho a la Libertad materna.

En resumidas cuentas, postulamos que: “el ejercicio del Derecho a la Libertad del sujeto x, puede suponer la eliminación del Derecho a la Vida del sujeto y”. Así como, “el ejercicio del Derecho a la Vida de x, puede suponer la eliminación del Derecho a la Libertad de y”.

¿Es que acaso alguien nos ha contado que los Derechos Humanos pueden llegar a eliminarse mutuamente? ¿Hemos considerado la realidad de unos Derechos Humanos en disputa consigo mismos? Pues que, con esto, quede sentada una critica hacia tales Derechos supuestamente “naturales” y pretenciosa y ficticiamente “universales”. 
En lo que refiere al Aborto, los DDHH son más capaces de generar discordia que armonía, dudas que certezas. Algo que quizá muchos políticos ya conocen en la medida en que se van adentrando a la política real. 



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